Formalidades

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Derecho administrativo
  • Artículo 2o. Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por: Formalidades: Principios esenciales del procedimiento administrativo, relativos a las garantías de legalidad, seguridad jurídica, audiencia e irretroactividad, que deben observarse para que los interesados obtengan una decisión apegada a derecho;...

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    Artículo 2o. Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por:

    1. Formalidades: Principios esenciales del procedimiento administrativo, relativos a las garantías de legalidad, seguridad jurídica, audiencia e irretroactividad, que deben observarse para que los interesados obtengan una decisión apegada a derecho;

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