Flora silvestre

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Derecho económico
  • Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entiende por: Flora silvestre: Las especies vegetales así como los hongos, que subsisten sujetas a los procesos de selección natural y que se desarrollan libremente, incluyendo las poblaciones o especímenes de estas especies que se encuentran bajo control del hombre;...

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    Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entiende por:

    1. Flora silvestre: Las especies vegetales así como los hongos, que subsisten sujetas a los procesos de selección natural y que se desarrollan libremente, incluyendo las poblaciones o especímenes de estas especies que se encuentran bajo control del hombre;

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