Estado de emergencia
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Se trata de las medidas para la protección de los Estados o de los bienes jurídicos nacionales más elementales (especialmente para la protección de los nacionales). El estado de emergencia se circunscribe a un peligro directo, que no se encuentra relacionado con una violación del derecho internacional por parte de otro Estado.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho Internacional PúblicoAutor de la PublicaciónMatthias Herdegen (Autor/a)EditorialFundación Konrad AdenauerNúmero de edición1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2005ISBN970-32-2270-6Página de la definición264
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