Especies y poblaciones prioritarias para la conservación

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Derecho ambiental
  • Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entenderá por: ... Especies y poblaciones prioritarias para la conservación: Aquellas determinadas por la Secretaría de acuerdo con los criterios establecidos en la presente Ley, para canalizar y optimizar esfuerzos de conservación y recuperación....

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    Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

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    1. Especies y poblaciones prioritarias para la conservación: Aquellas determinadas por la Secretaría de acuerdo con los criterios establecidos en la presente Ley, para canalizar y optimizar esfuerzos de conservación y recuperación.

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