Debate parlamentario

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Derecho constitucional
  • I. Proviene del francés débat que significa argumentación. En cuanto a su significado debate quiere decir: controversia sobre una cosa entre dos o más personas; así como contienda, lucha, combate. Su equivalente en otros idiomas es: portugués e inglés, debate; alemán, Debatte, Verhandlung; ...

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    I. Proviene del francés débat que significa argumentación. En cuanto a su significado debate quiere decir: controversia sobre una cosa entre dos o más personas; así como contienda, lucha, combate.

    Su equivalente en otros idiomas es: portugués e inglés, debate; alemán, Debatte, Verhandlung; italiano, dibattimento (vid. infra, deliberativa, función).

    II. El debate parlamentario está sujeto a reglas en todos los Congresos. El debate es la parte fundamental de las sesiones en los Congresos, sus reglas pretenden evitar la monopolización de la participación en las Cámaras y ofrecer la riqueza argumentativa sobre todos los puntos de vista sobre los dictámenes y puntos a resolver y a someter a votación. Las reglas del derecho parlamentario en general sobre el debate se enuncian de la siguiente manera:

    1. Cada miembro de un Congreso tiene derecho a hablar una vez por lo menos y a participar en el debate. Una vez efectuada la votación y cerrado el debate, éste no puede reabriese a menos que haya acuerdo expreso de la Asamblea.
    2. Sólo puede haber una segunda participación en el mismo debate por el mismo integrante del Congreso, si los que quieran hablar por primera vez ya lo han hecho; pero existe el derecho de preferencia entre los que van a hablar por primera vez sobre los que quieren intervenir por segunda ocasión.
    3. Nadie puede hablar por tercera ocasión si alguien tiene alguna objeción contra esa intervención.
    4. El tiempo límite es de diez minutos para cada intervención; sin embargo, puede prorrogarse a menos que alguien lo objete y que la asamblea expresamente vote por no prorrogar el tiempo.
    5. Todas las mociones, resoluciones y reportes están sujetos a límites de tiempo.

    Una vez presentado un dictamen, el debate se desarrolla con la inscripción de oradores en pro y en contra, primero proceden las razones en pro para apoyar el dictamen, que generalmente son expuestas por algún integrante de la comisión dictaminadora; posteriormente, un orador en contra del dictamen. La inscripción es generalmente reducida a tres oradores para apoyar y otro igual número para atacar el debate. Con autorización del Congreso puede ampliarse el número de oradores. El presidente de la mesa directiva del Congreso respectivo es el presidente de debates de la sesión y quien tiene que marcar la pauta del debate y vigilar por el cumplimiento de las reglas del debate. Por su carácter, el presidente está excluido de participar en el debate a menos que se permita que deje de presidir la sesión para participar en el mismo.

    Se ha reconocido con el nombre de filibusterismo entre otros vicios, a la táctica que surgió en el Senado de los Estados Unidos de no fijar límites de tiempo al debate parlamentario, con el objeto de forzar a alguno de los parlamentarios a declinar su posición original, por la presión del tiempo y las circunstancias que origina el debate prolongado durante días o semanas sobre un punto de la discusión. A partir de 1820 el Congreso de los Estados Unidos comenzó a establecer límites de tiempo para los discursos, después de que el constituyente y antiguo gobernador de Virginia, John Randolph, consumiera mucho tiempo en la tribuna.

    III. En México, aunque el presidente de la mesa debe llamar la atención de algún parlamentario cuando el lenguaje o su actitud sean inapropiados o francamente injuriosos, el artículo 61 constitucional protege a los integrantes del Congreso de la Unión de cualquier "reconvención" por sus expresiones o gestos. No obstante, el decoro de la asamblea y de los debates requiere mesura en las argumentaciones. Así, el mencionado artículo establece que:

    • Los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos por ellas. El Presidente de cada Cámara velará por el respeto al fuero constitucional de los miembros de la misma y por la inviolabilidad del recinto donde se reúnen a sesionar.
    • Todo proyecto de Ley o Decreto, dice Miguel Ángel Camposeco, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se debe discutir sucesivamente en ambas, observándose el Reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones. Esta fundamentación constitucional, es la que fundamenta la existencia y práctica del debate parlamentario que se norma por el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General.

    En términos generales el procedimiento para el debate puede resumiese en las etapas que este autor le señala: exposición temática, discurso, discusión, preguntas, repreguntas, interpelación, suspensión y cierre o clausura, las cuales se encuentran contenidas en los artículos 95 a 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

    Bibliografía

    CAMPOSECO, Miguel Ángel, Manual de temas legislativos, edición del autor, México, 1984.

    DEMETER, George, Demeter’s Manual of Parliamentary Law and Procedure, Little, Brown and Company, Boston, 1969.

    Gran Enciclopedia del Mundo, Durvan, Bilbao, España. 1970, 7a reimp., t. 20.

    GONZÁLEZ OROPEZA, Manuel, "Comentario al artículo 61 constitucional", en Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comentada, PGR-UNAM, 1994.

    MOORE, Zoe Steen y John B. Moore, Essentials of Parliamentary Procedure, Harper & Brothers, Nueva York., 194, 5a. ed. ROBERT, Henry, Robert’s Rules of Order Revised.

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