Cultura jurí­dica

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  • Por "cultura jurídica" puede entenderse la suma de muchos conjuntos de conocimientos y de actitudes: en primer lugar, el conjunto de las teorías, de las filosofías y de las doctrinas jurídicas elaboradas por los juristas y filósofos del derecho en una determinada fase histórica; en segundo lugar, el cúmulo de las ideologías, de los modelos ...

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    Por "cultura jurídica" puede entenderse la suma de muchos conjuntos de conocimientos y de actitudes: en primer lugar, el conjunto de las teorías, de las filosofías y de las doctrinas jurídicas elaboradas por los juristas y filósofos del derecho en una determinada fase histórica; en segundo lugar, el cúmulo de las ideologías, de los modelos de justicia y de los modos de pensar sobre el derecho que son propios de los operadores jurídicos de profesión, sean éstos legisladores o jueces o administradores; en tercer lugar, el sentido común acerca del derecho y de los institutos jurídicos singulares que opera y se difunde en una sociedad determinada. Entre el derecho positivo y la cultura jurídica existe además una relación de interacción reciproca. De hecho, el derecho puede considerarse como un lenguaje completo que es, en un solo tiempo, objeto y producto de la cultura jurídica: como el conjunto de los signos normativos y de los significados que en la práctica jurídica le asocian los juristas, los operadores y los usuarios. Son éstos quienes, de diversas formas y a diferentes niveles, participan tanto en su producción como en su interpretación.

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