Contrato de Distribución

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Derecho mercantil
  • El contrato de distribución es aquel por el que el distribuidor (concesionario) se obliga a adquirir, comercializar y revender a nombre y por cuenta propia, los productos del fabricante, productor o principal (concedente) en los términos y condiciones de reventa que éste señale. El empresario tendrá la facultad de imponer al distribuidor...

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    El contrato de distribución es aquel por el que el distribuidor (concesionario) se obliga a adquirir, comercializar y revender a nombre y por cuenta propia, los productos del fabricante, productor o principal (concedente) en los términos y condiciones de reventa que éste señale. El empresario tendrá la facultad de imponer al distribuidor determinadas obligaciones sobre la organización del negocio para la comercialización y reventa de los productos.

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