Condominio vertical

Mostrar
Derecho civil
  • Artículo 5o. Los condominios de acuerdo con sus características de estructura y uso, podrán ser: Por su estructura: Condominio vertical.- Se establece en aquel inmueble edificado en varios niveles en un terreno común, con unidades de propiedad exclusiva y derechos de copropiedad sobre el suelo y demás elementos y partes comunes del inmueble ...

    Leer más

    Artículo 5o. Los condominios de acuerdo con sus características de estructura y uso, podrán ser:

    1. Por su estructura:
      1. Condominio vertical.- Se establece en aquel inmueble edificado en varios niveles en un terreno común, con unidades de propiedad exclusiva y derechos de copropiedad sobre el suelo y demás elementos y partes comunes del inmueble para su uso y disfrute;

    Leer menos


    Legislación Derogada


  • Última Actualización
  • Consultas
    1281
  • Me gusta
    0
Libro Destacado
    Autor/a Destacado/a