Condominio mixto (en atención a su estructura)
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Artículo 5o. Los condominios de acuerdo con sus características de estructura y uso, podrán ser: Por su estructura:Condominio mixto.- Es aquel formado por condominios verticales y horizontales, que pueden estar constituidos en grupos de unidades de propiedad exclusiva como: edificios, cuerpos, torres, manzanas, secciones o zonas;...
Artículo 5o. Los condominios de acuerdo con sus características de estructura y uso, podrán ser:
- Por su estructura:
- Condominio mixto.- Es aquel formado por condominios verticales y horizontales, que pueden estar constituidos en grupos de unidades de propiedad exclusiva como: edificios, cuerpos, torres, manzanas, secciones o zonas;
Legislación Derogada
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoLocal
- Fecha de Publicación1998-12-31
- Observaciones
Ley derogada
Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de enero de 2011)
ArtÃculos transitorios
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SEGUNDO.- Se abroga la actual Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1998 y el 07 de enero de 1999 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
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