Condominio mixto (en atención a su estructura)

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Derecho civil
  • Artículo 5o. Los condominios de acuerdo con sus características de estructura y uso, podrán ser: Por su estructura:Condominio mixto.- Es aquel formado por condominios verticales y horizontales, que pueden estar constituidos en grupos de unidades de propiedad exclusiva como: edificios, cuerpos, torres, manzanas, secciones o zonas;...

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    Artículo 5o. Los condominios de acuerdo con sus características de estructura y uso, podrán ser:

    1. Por su estructura:
      1. Condominio mixto.- Es aquel formado por condominios verticales y horizontales, que pueden estar constituidos en grupos de unidades de propiedad exclusiva como: edificios, cuerpos, torres, manzanas, secciones o zonas;

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