Condominio horizontal

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Derecho civil
  • Artículo 5o.Los condominios de acuerdo con sus características de estructura y uso, podrán ser: Por su estructura:Condominio horizontal.- Se constituye en inmuebles con construcción horizontal donde el condómino tiene derecho de uso exclusivo de parte de un terreno y es propietario de la edificación establecida en el mismo, pudiendo...

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    Artículo 5o.Los condominios de acuerdo con sus características de estructura y uso, podrán ser:

    1. Por su estructura:
      1. Condominio horizontal.- Se constituye en inmuebles con construcción horizontal donde el condómino tiene derecho de uso exclusivo de parte de un terreno y es propietario de la edificación establecida en el mismo, pudiendo compartir o no su estructura y medianería, siendo titular de un derecho de copropiedad para el uso y disfrute de las áreas del terreno, construcciones e instalaciones destinadas al uso común;

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