Clausura (establecimiento mercantil)

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Derecho administrativo
  • Artículo 2o. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: Clausura: El acto administrativo a través del cual la autoridad competente, como consecuencia de un incumplimiento a la normatividad correspondiente, impide o suspende las actividades o funcionamiento de un Establecimiento Mercantil mediante la colocación de sellos en el local...

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    Artículo 2o. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

    1. Clausura: El acto administrativo a través del cual la autoridad competente, como consecuencia de un incumplimiento a la normatividad correspondiente, impide o suspende las actividades o funcionamiento de un Establecimiento Mercantil mediante la colocación de sellos en el local correspondiente, pudiendo ser de carácter parcial o permanente;

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