Cambio climático
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Artículo 1o. Definiciones. Para los efectos de la presente Convención: 2. Por "cambio climático" se entiende un cambio de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana que altera la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante periodos de tiempo comparables....
Artículo 1o. Definiciones.
Para los efectos de la presente Convención:
2. Por "cambio climático" se entiende un cambio de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana que altera la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante periodos de tiempo comparables.
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoInternacional
- Fecha de Publicación1993-05-07
- Observaciones1.- México aceptó las Enmiendas a la lista del Anexo I que entraron en vigor el 6 de agosto de 1998, las cuales no requirieron de sanción legislativa ni fueron publicadas en el DOF.2.- Cuenta con el Protocolo de Kyoto, adoptado en Kyoto, Japón, el 11 de diciembre de 1997, que está en vigor y del que México es Parte (ver ficha correspondiente).Firma México: 13 jun 1992 Aprobación Senado: 3 dic 1992 Publicación DOF Aprobación: 13 ene 1993 Vinculación de México: 11 mar 1993 Ratificación Entrada en vigor internacional: 21 mar 1994 Entrada en vigor para México: 21 mar 1994 Publicación DOF Promulgación: 7 may 1993
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Artículo 3. Para efectos de esta Ley se entenderá por:
- Cambio climático: Variación del clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana, que altera la composición de la atmósfera global y se suma a la variabilidad natural del clima observada durante períodos comparables.
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoFederal
- Fecha de Publicación2012-06-06
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Última Actualización04/05/2018
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Consultas1381
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