Avulsión
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Se presenta cuando la corriente logra desprender una fracción reconocible de terreno y la lleva a un predio inferior o a la ribera opuesta; o cuando arranca árboles o cosas. Para adquirir estas fracciones de terreno así desprendidas, es necesario, primero, que transcurra cuando menos un plazo de dos años sin que el dueño las reclame y,...
Se presenta cuando la corriente logra desprender una fracción reconocible de terreno y la lleva a un predio inferior o a la ribera opuesta; o cuando arranca árboles o cosas.
Para adquirir estas fracciones de terreno así desprendidas, es necesario, primero, que transcurra cuando menos un plazo de dos años sin que el dueño las reclame y, segundo, que al vencer ese plazo el dueño del predio beneficiado ejerza actos de posesión sobre esas fracciones. Tratándose de árboles o de cosas, se establece un plazo de dos meses.
De esta suerte, en este caso de aluvión se combinan los principios de la prescripción negativa y de la posesión.
- Autor de la definición
- TítuloCompendio de derecho civilSubtítuloBienes, derechos reales y sucesionesAutor de la PublicaciónRafael Rojina Villegas (Autor/a)EditorialPorrúaNúmero de edición44Número de reimpresión1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2012TomoIIISBN970-07-6622-5Página de la definición98
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