Aportaciones (Ingresos Públicos)

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Derecho administrativo
  • Conforme al capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, consisten en fondos de naturaleza federal que corresponden a una partida de la Federación destinada a coadyuvar al fortalecimiento de los Estados y Municipios en apoyo de actividades específicas.

Derecho administrativo
  • Son los ingresos que reciben las Entidades Federativas y Municipios previstos en la Ley de Coordinación Fiscal, cuyo gasto está condicionado a la consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece la legislación aplicable en la materia....

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    Son los ingresos que reciben las Entidades Federativas y Municipios previstos en la Ley de Coordinación Fiscal, cuyo gasto está condicionado a la consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece la legislación aplicable en la materia.


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    Observaciones: Para mejor comprensión se sugiere consultar los criterios jurisprudenciales P./J. 8/2000 y P./J. 9/2000 de rubros y textos siguientes: "APORTACIONES FEDERALES. CARACTERíSTICAS. Estos fondos son de naturaleza federal y corresponden a una partida que la Federación destina para coadyuvar al fortalecimiento de los Estados y Municipios en apoyo de actividades especí­ficas; se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación, regulándose en el capí­tulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, resultando independientes de los que se destinan a los Estados y Municipios por concepto de participaciones federales." y "HACIENDA MUNICIPAL. LAS PARTICIPACIONES Y APORTACIONES FEDERALES FORMAN PARTE DE AQUí‰LLA, PERO Sí“LO LAS PRIMERAS QUEDAN COMPRENDIDAS EN EL Rí‰GIMEN DE LIBRE ADMINISTRACIí“N HACENDARIA. Las participaciones y aportaciones federales son recursos que ingresan a la hacienda municipal, pero únicamente las primeras quedan comprendidas dentro del régimen de libre administración hacendaria de los Municipios conforme a lo dispuesto por el artí­culo 115, fracción IV, inciso b), de la Constitución Federal; por su parte, las aportaciones federales no están sujetas a dicho régimen, dado que son recursos netamente federales que se rigen por disposiciones federales.", que aparecen ambos publicados en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena í‰poca, Tomo XI, Febrero de 2000, páginas 509 y 514, respectivamente, con registro digital: 192328 y 192327.

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    30/08/2019
  • Última Actualización
    07/11/2019
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