Antecedente registral

Mostrar
Derecho civil
  • Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

    1. Antecedente Registral: el documento que fue elaborado con sujeción a los procedimientos y formalidades vigentes al momento de su creación;

    Legislación Derogada


  • Última Actualización
  • Consultas
    1866
  • Me gusta
    0
Libro Destacado
    Autor/a Destacado/a