Aceptación de herencia
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La aceptación consiste o en una declaración de voluntad del sucesor, de querer ser heredero, o en la realización, por éste, de actos a los cuales la ley atribuye la consecuencia de ser heredero. La aceptación será expresa si se hace en documento público o privado y es tácita la que se hace por actos que suponen necesariamente la...
La aceptación consiste o en una declaración de voluntad del sucesor, de querer ser heredero, o en la realización, por éste, de actos a los cuales la ley atribuye la consecuencia de ser heredero.
La aceptación será expresa si se hace en documento público o privado y es tácita la que se hace por actos que suponen necesariamente la voluntad de aceptar, o que no habría derecho a ejecutar sino con la cualidad de heredero.
- Autor de la definición
- TítuloApuntes de Derecho de SucesionesAutor de la PublicaciónJoaquim Rams Albesa (Autor/a)Rosa María Moreno Flores (Autor/a)José Ignacio Rubio San Román (Autor/a)EditorialEdiciones JurÃdicas AlmaNúmero de edición1Lugar de publicaciónMadridAño de publicación2012ISBN978-84-9031-494-4Página de la definición71 y 79
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Última Actualización
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