Acción de jactancia
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La acción de jactancia se origina en la imputación que la accionante hace al demandado, de haberse jactado de la existencia a su favor de un crédito a cargo del demandante. Sus fundamentos son dos: a) el derecho a mantener la integridad del crédito civil o mercantil; y b) el derecho a la seguridad jurídica. El fin que se persigue es obtener...
La acción de jactancia se origina en la imputación que la accionante hace al demandado, de haberse jactado de la existencia a su favor de un crédito a cargo del demandante. Sus fundamentos son dos: a) el derecho a mantener la integridad del crédito civil o mercantil; y b) el derecho a la seguridad jurídica. El fin que se persigue es obtener una sentencia, que determine imponer al demandado la obligación de ejercer la acción de que se jacta, concediéndole un término para ello y con la consecuencia de que, en caso de no hacerlo, se declare extinguida la facultad de tal acción. La condena, tiene como finalidad obligar a ejercer la acción dentro de un término y de extinguir tal potestad de accionar, si transcurre tal lapso. Por tanto, se trata de un negocio de cuantía indeterminada.
- PaísMéxico
- TipoJurisprudencia
- SubcategoríaPoder Judicial de la Federación
- RubroJactancia. El juicio en el que se ejerce dicha acción es de cuantÃa indeterminada, para efecto del arancel para abogados.
- ÉpocaNovena
- InstanciaPrimera Sala
- FuenteSemanario Judicial de la Federación y su Gaceta
- NúmeroTomo IX, Mayo de 1999
- FechaMayo de 1999
- Tesis1a./J. 25/99
- Registro194058
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Última Actualización
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